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Calculadora de Liquidación Laboral

Conoce el valor exacto de tu liquidación en segundos. Calcula cesantías, prima de servicios, vacaciones, intereses e indemnización según el Código Sustantivo del Trabajo.

CesantíasIntereses 12%PrimaVacacionesIndemnizaciónHoras extra

Datos del contrato

Recargo diurno ordinario (25%)

🧮

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El resultado se calcula automáticamente

¿Cómo se calcula cada concepto?

Cesantías

Art. 249 CST

(Salario × días) ÷ 360

Un mes de salario por cada año trabajado. Se incluye el auxilio de transporte si el salario es ≤ 2 SMMLV.

Intereses sobre cesantías

Art. 99 Ley 50/1990

Cesantías × 12% × (días ÷ 360)

El empleador paga el 12% anual sobre el saldo de cesantías. Se consignan directamente al trabajador.

Prima de servicios

Art. 306 CST

(Salario × días) ÷ 360

Un mes de salario por año, pagado en dos cuotas: junio y diciembre. Al liquidar se paga proporcional.

Vacaciones

Art. 186 CST

(Salario × días) ÷ 720

15 días hábiles por año trabajado. Al liquidar se compensan en dinero los días causados no disfrutados.

Indemnización

Art. 64 CST

30 días + 20 días/año adicional

Solo aplica en despido sin justa causa. Para salarios > 10 SMMLV la tarifa es menor (20 + 15 días/año).

Horas extra

Art. 168 CST

(Salario ÷ 240) × 125%

La hora ordinaria diurna extra se paga con un recargo del 25%. Las nocturnas y festivas tienen recargos mayores.

$1.423.500

SMMLV Colombia 2025

$200.000

Auxilio de transporte 2025

CST

Código Sustantivo del Trabajo